Trabajadora social virtual
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Abrir chatAcompañamiento a las familias
La información escrita sobre el reconocimiento de discapacidad, la dependencia y las ayudas a las familias. Si prefieres preguntarlo directamente, chatea con la Trabajadora social virtual.
No son el mismo trámite ni dan acceso a los mismos recursos. Las ayudas tampoco se conceden automáticamente: cada convocatoria tiene sus requisitos y su propia solicitud.
Reúne los informes clínicos, educativos y sociales correspondientes y consulta la documentación actualizada de la Generalitat Valenciana. La solicitud puede presentarse por la sede electrónica o con apoyo de Servicios Sociales municipales. El CVO examina el expediente y decide si necesita una valoración complementaria.
Solicita el informe de salud y consulta con Servicios Sociales municipales la presentación del expediente. La valoración incluye las necesidades de apoyo en la vida diaria. El Programa Individual de Atención (PIA) concreta los servicios o prestaciones que se asignan.
Es el documento que recoge las necesidades de apoyo del menor y sobre el que se valoran discapacidad, escolarización y ayudas. Según la edad puede ser el informe sociopsicopedagógico del SPE (escolarizados) o el informe del CDIAT de Atención Temprana (menores de 6 años no escolarizados). Conviene pedirlo por escrito y conservar copia.
Toda resolución administrativa (grado de discapacidad, dependencia, beca denegada) puede recurrirse. La vía habitual es el recurso de reposición ante el mismo organismo, dentro del plazo que indica la propia resolución (normalmente un mes). Presenta el escrito por la sede electrónica o por registro, aportando informes nuevos o complementarios si los tienes. FANIVE puede orientarte para prepararlo.
Estos son los canales oficiales de la Generalitat Valenciana para hacer tus trámites por internet. Comprueba siempre la documentación y los plazos vigentes en cada portal.
Cada familia tiene su propia realidad. Si necesitas orientación, puedes preguntarle a la Trabajadora social virtual o escribir directamente a FANIVE.
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Abrir chatCuéntanos tu caso y te acompañamos en el trámite que necesites.
Escribir a FANIVEResumen de las guías publicadas por FANIVE. Los requisitos y la resolución de cada trámite corresponden a la administración competente. Confirma siempre la documentación y los plazos en los canales oficiales.