Guía FANIVE · Discapacidad, Dependencia y Ayudas
FANIVE · Familias por la Neurodivergencia

Discapacidad, dependencia y ayudas

Guía rápida para familias · Comunitat Valenciana

Actualizada: mayo 2026 Marco legal: RD 888/2022 · Ley 39/2006 Información 012 · 963 866 000

⚠ Antes de empezar: tres ideas clave

1. Discapacidad y dependencia son trámites distintos. Se piden por separado, en sitios distintos, y dan derecho a ayudas distintas. Conviene tramitar las dos a la vez.

2. El 33% NO es un requisito para pedir el grado de discapacidad. El grado se solicita siempre. El 33% es el umbral a partir del cual se accede a la mayoría de ayudas.

3. Las ayudas se piden por separado. Tener el grado o el PIA reconocido no significa que las ayudas lleguen automáticamente: cada una tiene su propia solicitud y su propio organismo.

Trámite 1

Reconocimiento del grado de discapacidad

Generalitat Valenciana · Centro de Valoración y Orientación (CVO)

¿Qué es?

Procedimiento que valora y certifica el grado de discapacidad (en porcentaje) según el RD 888/2022. La resolución llega acompañada de la tarjeta acreditativa cuando el grado reconocido es igual o superior al 33%.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas empadronadas en la Comunitat Valenciana (o que tuvieron aquí su último domicilio).
  • La propia persona interesada, su representante legal o guardador/a de hecho.
  • Sin límite de edad: se puede pedir desde el nacimiento.

Documentación necesaria

  • DNI / NIE de la persona y, en su caso, del representante legal Si no autorizas consulta
  • Certificado de empadronamiento Si no autorizas consulta
  • Permiso de residencia Solo personas extranjeras no comunitarias
  • Libro de familia o certificado literal de nacimiento Si la persona es menor
  • Informes clínicos actualizados Físicos, mentales, intelectuales o sensoriales — relacionarlos en el impreso
  • Sentencia de modificación de capacidad Solo si aplica
  • Informe sociopsicopedagógico oficial Del SPE / gabinete municipal o de Atención Temprana si menor de 6 años
  • Informe de factores contextuales/ambientales Emitido por la trabajadora social del centro de salud / hospital, o de Servicios Sociales municipales
  • O bien: declaración responsable de factores contextuales/ambientales Cumplimentada por la propia familia, si no consigues el informe
  • Cuestionario de dificultades en actividades de la vida diaria (QD) OPCIONAL — no obligatorio
Sobre el informe de factores contextuales (informe social): es uno de los documentos que más peso tiene en la valoración. Lo puede emitir, indistintamente:
  • La trabajadora social del centro de salud o del hospital de referencia (Sistema Valenciano de Salud), o
  • La trabajadora social de Servicios Sociales de tu ayuntamiento.
Ambas opciones son igualmente válidas según la GVA. Elige la que te resulte más accesible o la que mejor conozca tu situación. Si no consigues que ninguna te lo emita en plazo, puedes presentar la declaración responsable que cumplimenta la propia familia, pero el informe oficial pesa más en la valoración.
Sobre el informe sociopsicopedagógico: en menores escolarizados, lo emite el SPE (Servicio Psicopedagógico Escolar) del centro educativo o el gabinete psicopedagógico municipal. En menores de 6 años no escolarizados, vale el informe del centro de Atención Temprana.

Por dónde empezar — dos opciones equivalentes

Antes de presentar la solicitud necesitas reunir la documentación, especialmente el informe de factores contextuales (informe social). Hay dos profesionales que pueden ayudarte con esto, y cualquiera de las dos sirve. Elige la que te resulte más accesible:

A. Trabajadora social del centro médico B. Trabajadora social del ayuntamiento

  • Opción A — Trabajadora social del centro de salud o del hospital de referencia (Sistema Valenciano de Salud): te orienta sobre el trámite, prepara el informe de factores contextuales, te ayuda a recopilar los informes médicos del propio sistema sanitario y te indica cómo presentar la solicitud. Es una buena opción si ya has tenido contacto con el centro médico u hospital por este motivo, porque la trabajadora social conoce el caso desde dentro del sistema sanitario.
  • Opción B — Trabajadora social de Servicios Sociales de tu ayuntamiento: te orienta sobre el trámite, prepara el informe de factores contextuales, te ayuda a cumplimentar la solicitud y, además, puede registrarla allí mismo. Es una buena opción si quieres hacer el registro presencial de una sola vez, o si prefieres acudir al ayuntamiento por cercanía o por familiaridad.
Las dos figuras son profesionalmente equivalentes a efectos de la GVA. La diferencia es práctica: dónde está cada una y qué información maneja. También las asociaciones (entre ellas FANIVE) pueden acompañarte en este proceso.
Diferencia clave entre la Opción A y la Opción B:
  • La Opción A (centro médico) te entrega la documentación firmada, pero no registra la solicitud. Después tienes que presentarla tú, online en sede GVA o en el ayuntamiento.
  • La Opción B (ayuntamiento) hace las dos cosas en una: prepara la documentación y te registra la solicitud allí mismo.
Si quieres hacer todo de una sola vez en un único sitio, la Opción B es lo más cómodo. Si ya estás en seguimiento sanitario y prefieres aprovechar ese contacto, la Opción A funciona perfectamente — solo recuerda que después tienes que dar el paso del registro tú.

Cómo se registra la solicitud — dos vías

Una vez tienes la documentación lista, la solicitud se registra por cualquiera de estas dos vías. Las dos son válidas, las dos llegan al mismo sitio (el CVO) y el tiempo de tramitación posterior es el mismo.

1. Online · Sede GVA 2. Servicios Sociales municipales

  • Vía 1 — Online (sede GVA): presentas tú la solicitud con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico. Tienes justificante de registro inmediato. Es la vía más rápida si manejas trámites telemáticos. La Generalitat traslada automáticamente tu expediente al CVO de tu provincia.
  • Vía 2 — Servicios Sociales de tu ayuntamiento: acudes con cita previa y la registran allí mismo. Ellos la remiten al CVO. Es la opción recomendada si no manejas trámites online o si quieres apoyo personalizado. Para localizar tu Servicios Sociales municipal, consulta el portal oficial de Servicios Sociales de la GVA o llama al 012.
Independientemente de por dónde empieces y de la vía de registro que elijas, todos los expedientes terminan siempre en el CVO (Centro de Valoración y Orientación). El CVO no es una vía de entrada ni una oficina a la que vas tú a iniciar el trámite. A partir del momento en que recibe tu expediente, el CVO decide:
  • O bien resuelve solo con los informes que aportaste, sin verte. Esto ocurre con frecuencia cuando los informes son completos y recientes.
  • O bien te cita él a ti para una valoración complementaria (médica, psicológica y social) en sus oficinas. La cita la convoca el CVO por correo postal y, si pediste comunicación telemática, también por sede.
  • O bien te requiere documentación adicional, dándote plazo para aportarla.
Es decir: tú no pides cita en el CVO para iniciar nada. Es el CVO quien decide si te cita y cuándo, una vez tu expediente ya está en su mesa.

Proceso paso a paso

  1. Acude a una trabajadora socialPuedes empezar por la del centro de salud / hospital, o por la de Servicios Sociales del ayuntamiento. Cualquiera de las dos te orientará y preparará el informe de factores contextuales.
  2. Reúne la documentación clínicaEs lo que más tarda. Pide informes actualizados al pediatra, neuropediatra, psicólogo/a, neuropsicólogo/a, logopeda y al equipo escolar (SPE/gabinete) o de Atención Temprana. La trabajadora social puede ayudarte a identificar qué hace falta.
  3. Registra la solicitudPor cualquiera de las dos vías: online en sede GVA o presencial en Servicios Sociales del ayuntamiento. Si pides reconocimiento de movilidad reducida, hazlo en este mismo trámite (ver más abajo).
  4. Tu expediente llega al CVODe forma automática, sin que tú tengas que hacer nada. El Centro de Valoración y Orientación de tu provincia recibe la solicitud y comienza el examen del expediente.
  5. El CVO valora el expedienteSi los informes son completos, resuelve sin verte. Si necesita más información, te cita él por correo postal para valoración complementaria (médica, psicológica y/o social) en sus oficinas. OJO: tú no pides cita por iniciativa propia — es el CVO quien convoca cuando lo considera necesario.
  6. ResoluciónPlazo máximo: 3 meses. Si no responden, silencio negativo. La resolución llega siempre por correo postal y, además, por sede electrónica si pediste comunicación telemática.
  7. Tarjeta acreditativaSi el grado es ≥ 33%, llega junto con la resolución. Es el documento que necesitarás para pedir las ayudas.

Casos especiales

Movilidad reducida / exceso de movilidad

Es un reconocimiento adicional que se hace dentro del mismo expediente de discapacidad y abre derecho a la tarjeta de estacionamiento. Especialmente importante para autismo, donde se valora el escapismo y conductas de fuga.

¿Cómo solicitarlo? Se pide en la misma solicitud del grado de discapacidad, marcando la casilla correspondiente y aportando informes que justifiquen la limitación de movilidad o las conductas de fuga (en autismo). No es un trámite aparte. Si ya tienes el grado reconocido sin movilidad reducida, puedes pedir una revisión del expediente para que se valore.

Si se reconoce: para emitir la tarjeta de estacionamiento, hay que acudir a Servicios Sociales del ayuntamiento con la persona presente y con fotos tipo carnet, pidiendo cita previa.

Renovación de grado revisable

Si tu resolución indica que el grado es revisable en una fecha concreta, debes solicitar la renovación tú misma. La administración NO te avisa automáticamente. Si dejas pasar la fecha, puedes perder prestaciones vinculadas (becas, IRPF, transporte, etc.).

¿Cómo solicitarla? Por las mismas vías que la solicitud inicial, indicando que se trata de una renovación. Hazlo con 3-6 meses de antelación a la fecha de revisión.

Una vez renovado: remite la nueva resolución a cada organismo del que percibas prestaciones (Hacienda, Conselleria de Educación, ATMV, RENFE, etc.) para que actualicen tu situación.

Disconformidad con la resolución (denegación o grado inferior al esperado)

Si te deniegan el grado o el porcentaje reconocido es inferior al que crees corresponde, puedes recurrir. El plazo es de 30 días hábiles desde la notificación.

¿Cómo recurrir? Se presenta reclamación previa a la vía jurisdiccional social ante la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas. Si la reclamación previa se desestima o no responden en 45 días, se puede demandar ante el Juzgado de lo Social en el plazo de 30 días desde la denegación de la reclamación.

Recomendación: antes de recurrir, pide una copia completa del expediente para ver con qué informes valoró el CVO. Muchas denegaciones se resuelven aportando informes adicionales o más recientes en la reclamación. Las asociaciones (FANIVE incluida) y los servicios jurídicos especializados pueden ayudarte a redactarla.
Trámite 2

Reconocimiento de la dependencia (SAAD)

Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia · Ley 39/2006

¿Qué es?

Procedimiento para reconocer que una persona se encuentra en situación de dependencia (Grado I moderada, Grado II severa, Grado III gran dependencia) y darle acceso a los servicios y prestaciones del Sistema Público (SAAD).

El reconocimiento se concreta en un PIA (Programa Individual de Atención), que recoge los servicios y/o prestaciones que la persona va a recibir.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas residentes en territorio español durante 5 años (los 2 últimos inmediatamente anteriores). Para menores de 5 años, lo cumple quien tenga la guarda y custodia.
  • Empadronadas en un municipio de la Comunitat Valenciana.
  • Que presenten una situación de dependencia.
Importante: NO hay que acreditar la situación económica. Con rellenar los datos del formulario, la administración accede directamente a los datos.

Documentación necesaria

  • Solicitud inicial de reconocimiento Modelo normalizado
  • Informe de salud original No requerido si tienes "concurso de tercera persona" ≥ 45 puntos
  • DNI / NIE Solo si no autorizas consulta
  • Certificado de empadronamiento histórico Si no llevas 5 años empadronado/a en la CV
  • Sentencia de provisión de medidas de apoyo Solo si aplica
  • Autorización de acceso a datos Modelo normalizado
  • Identificación del/la cuidador/a no profesional Si vais a optar por esa modalidad

Descargar todos los modelos oficiales →

Cómo solicitar — dos vías

La solicitud se puede presentar por cualquiera de estas dos vías. Ambas son válidas y conducen al mismo expediente. Elige la que mejor se adapte a tu situación.

1. Online · Sede GVA 2. Servicios Sociales municipales

Información oficial completa del trámite →

  • Vía 1 — Online (sede GVA): requiere certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico. Presentas la solicitud y la documentación desde casa, con justificante de registro inmediato. Útil si manejas trámites telemáticos, si vives lejos del ayuntamiento, o si necesitas marcar fecha de registro con urgencia (la fecha cuenta para el silencio administrativo y la retroactividad). Importante: aunque presentes online, el expediente se deriva automáticamente a los Servicios Sociales de tu ayuntamiento, que son quienes acuden a tu domicilio para la valoración y llevan el proceso. La vía 1 no salta este paso, solo cambia cómo entras al sistema.
  • Vía 2 — Servicios Sociales de tu ayuntamiento: acudes con cita previa, te ayudan a cumplimentar la solicitud, revisan que la documentación esté completa y la registran allí mismo. Es la opción recomendada si no manejas trámites online, si es tu primera vez con la dependencia, o si quieres orientación sobre qué modalidad de prestación elegir antes de presentar. Para localizar tu Servicios Sociales municipal, consulta el portal oficial de Servicios Sociales de la GVA o llama al 012.
Importante — sea cual sea la vía: la valoración la hace siempre un/a profesional de Servicios Sociales del ayuntamiento en tu domicilio. Esta fase no se puede hacer online ni saltar. Por eso, aunque presentes la solicitud por sede, acabarás teniendo contacto con tu ayuntamiento.
Cita previa en tu ayuntamiento: L'Eliana y Náquera atienden con cita previa en sus respectivos Servicios Sociales municipales. Llama o solicítala por la web del ayuntamiento antes de ir.

Proceso paso a paso

  1. Solicita el informe de saludPide a tu médico/a de familia o pediatra el "Informe de salud para reconocimiento de prestaciones sociales". Es modelo oficial.
  2. Presenta la solicitudPor cualquiera de las dos vías: online en sede GVA (con certificado digital o Cl@ve) o presencial en Servicios Sociales de tu ayuntamiento. Junto con el informe de salud y la demás documentación.
  3. Valoración en el domicilioProfesional de Servicios Sociales acudirá a tu casa para valorar la situación de dependencia y elaborar el informe social del entorno.
  4. Dictamen técnico y resolución de gradoPlazo máximo: 3 meses desde la solicitud. La Generalitat resuelve si reconoce dependencia y en qué grado (I, II o III).
  5. Elaboración del PIAPlazo máximo: 3 meses desde la resolución de grado. El PIA recoge los servicios o prestaciones que vas a recibir, según tus preferencias y el catálogo del SAAD.
  6. Acepta y recibe el servicio o prestaciónUna vez firmado el PIA, se pone en marcha el recurso. Recuerda comunicar cualquier cambio relevante.
Silencio administrativo positivo: si pasan 6 meses desde la solicitud sin resolución, se entiende estimada y la prestación se cobra retroactivamente desde ese momento. Guarda el justificante de presentación.

Notas importantes

Las revisiones NO son automáticas. Si la situación empeora o cambia, hay que solicitar la revisión expresamente, con documentación que lo justifique. Excepción: en menores, las revisiones se hacen de oficio por edad (art. 11 Decreto 62/2017).
El PIA solo incluye servicios y prestaciones del SAAD (ayuda a domicilio, teleasistencia, centro de día, asistencia personal, prestaciones económicas vinculadas, etc.). Las ayudas técnicas, becas, deducciones IRPF, transporte bonificado, etc. NO van en el PIA: se piden aparte y la mayoría dependen del grado de discapacidad, no de la dependencia.
Tabla 1

Ayudas vinculadas al grado de discapacidad

Se piden cada una por separado, generalmente cuando el grado es ≥ 33%

Ayuda / Beneficio Para qué sirve y requisito Dónde se pide
Prestación familiar por hijo/a a cargo con discapacidad Pago anual o trimestral por hijo/a con discapacidad ≥ 33% (menores) o ≥ 65% (adultos). Cita previa obligatoria. NO está vinculado a los ingresos. Sede INSS
Pensión No Contributiva (PNC) por invalidez Para personas con discapacidad ≥ 65%, sin recursos suficientes y sin haber cotizado lo bastante para una contributiva. Sí depende de los ingresos familiares. IMSERSO · SS Sociales del ayuntamiento
Deducción IRPF por descendiente con discapacidad Reducción en el IRPF por hijo/a con discapacidad ≥ 33%. También deducción de la cuota líquida (familia numerosa o ascendiente con discapacidad). Hasta 1.200€/año por hijo/a menor de edad. Agencia Tributaria
Tarjeta dorada (RENFE) Bonificación en trayectos de RENFE (Cercanías, Media y Larga Distancia). Solo RENFE, no es la misma que las de transporte urbano. Renfe.com o estaciones
Tarjeta de transporte bonificada (Metro/EMT/autobuses) Bonificación o gratuidad en transporte público de Valencia y área metropolitana. Tiene nombres distintos según el operador. ATMV · web de cada operador
Beca MEC NEAE (Necesidades Específicas de Apoyo Educativo) Ayuda para terapias, apoyo, transporte, materiales y comedor en alumnado con NEAE. Se pide curso a curso, plazo habitual desde finales de abril hasta mediados de septiembre. Es la principal beca para familias con hijos/as neurodivergentes. Ficha del trámite · Sede electrónica (solicitar)
Bonificación impuesto de circulación (IVTM) Reducción o exención del IVTM. No todos los ayuntamientos la tienen. En L'Eliana sí existe, siempre que el vehículo esté a nombre de la persona con discapacidad. Tu ayuntamiento
Bonificación IBI y otros impuestos municipales Algunos ayuntamientos bonifican IBI, basuras u otros impuestos. Consulta la ordenanza fiscal de tu municipio. Tu ayuntamiento
Reserva de plaza en empleo público (cupo de discapacidad) Reserva de plazas para personas con discapacidad ≥ 33% en oposiciones de la Administración Pública. Mínimo 7% en el Estado y entidades locales (TREBEP, art. 59), del cual al menos un 2% para discapacidad intelectual. En la Generalitat Valenciana el cupo es superior al 10% (Ley 4/2021, art. 64). Empleo público GVA · Empleo público Estado · web del ayuntamiento (empleo local)
Tarjeta de estacionamiento (movilidad reducida) Permite estacionar en plazas reservadas. Se obtiene tras reconocerse la movilidad reducida en la valoración del grado. SS Sociales del ayuntamiento (con fotos y cita previa)
Ayudas técnicas y productos de apoyo Subvenciones para audífonos, software, adaptaciones del hogar y otros productos de apoyo. SS Sociales del ayuntamiento + Conselleria de Servicios Sociales
Familia numerosa con 2 hijos/as Si uno de los hijos/as tiene discapacidad ≥ 33%, la familia accede a categoría general de familia numerosa con solo 2 hijos/as. Conselleria de Servicios Sociales
Bonificaciones en entradas de ocio Museos, cine, espectáculos: descuentos para persona con discapacidad y, frecuentemente, para acompañante. Cada equipamiento (preguntar al comprar)
Tabla 2

Servicios y prestaciones del PIA (dependencia)

Estos sí entran en el PIA. Se eligen entre las preferencias compatibles según el grado.

¿Cómo se solicitan estas prestaciones?

A diferencia de las ayudas por discapacidad (cada una con su organismo y su trámite), todas las prestaciones del PIA se piden por un único procedimiento: la solicitud de reconocimiento de la dependencia (la del Trámite 2). En el formulario marcas, en el apartado de preferencias, los servicios o prestaciones que querrías recibir entre los compatibles con tu grado.

El equipo técnico valora tu situación y la Dirección General competente emite la resolución del PIA, que recoge la prestación o combinación finalmente asignada. Por eso conviene marcar varias preferencias compatibles en orden de preferencia.

En la tabla siguiente cada fila incluye el enlace a la solicitud y, cuando proceda, a los anexos específicos (compromiso del cuidador, declaración del asistente personal, etc.).

Servicio / Prestación Qué cubre y compatibilidad Dónde se pide
Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) Profesional que acude al domicilio para apoyo en actividades básicas: higiene, comida, movilidad, acompañamiento. Compatible con teleasistencia. Solicitud de dependencia · marcar como preferencia en el PIA
Teleasistencia Servicio 24/7 de atención telefónica con dispositivo en el hogar para emergencias. Compatible con SAD y centro de día. Solicitud de dependencia · marcar como preferencia en el PIA
Centro de día / centro ocupacional Atención durante el día (horario laboral) en centro especializado, con transporte y comedor. Compatible con teleasistencia. Solicitud de dependencia · marcar como preferencia en el PIA
Atención residencial Plaza en residencia. Para grados altos cuando no es posible la atención en el entorno familiar. No compatible con SAD ni centro de día. Solicitud de dependencia · marcar como preferencia en el PIA
Prestación económica vinculada al servicio Pago económico cuando no hay plaza pública disponible y se contrata el servicio en entidad privada acreditada. Solicitud de dependencia · marcar como preferencia en el PIA
Prestación económica para cuidados en el entorno familiar Pago a la persona dependiente para compensar el cuidado por familiar no profesional. Excepcional. Requiere convivencia y compromiso del/la cuidador/a. Solicitud de dependencia + compromiso del cuidador
Asistente personal Profesional que apoya a la persona dependiente para promover su autonomía (vida laboral, educativa, social). Especialmente relevante en autismo y otras NDV. Compatible con otros servicios según PIA. Solicitud de dependencia + declaración responsable
Prevención y promoción de la autonomía personal Programas para retrasar la pérdida de autonomía y favorecer la inclusión. Compatible con otros. Solicitud de dependencia · marcar como preferencia en el PIA
Cambio de prestación / revisión del PIA Si ya tienes el PIA aprobado y quieres cambiar de prestación por nuevas circunstancias, empeoramiento o nuevas necesidades. Modelo de nuevas preferencias / revisión PIA
Consulta de compatibilidades: el catálogo y las compatibilidades están en el Decreto 62/2017 (modificado por el Decreto 102/2022). Antes de elegir preferencias en el PIA, conviene hablar con la trabajadora social.
Extras

Otros recursos útiles

Apoyos que muchas familias desconocen

Pañales y absorbentes gratuitos

Prestación del Sistema Valenciano de Salud para personas con incontinencia o necesidades específicas. No depende del grado de discapacidad ni del PIA.

¿Cómo se solicita? Pide cita con la trabajadora social de tu centro de salud (Atención Primaria). Lleva los informes médicos que justifiquen la necesidad. Ella tramita la prestación dentro del propio sistema sanitario.

Buscar tu centro de salud

Familia numerosa con 2 hijos/as

Si uno de los hijos/as tiene discapacidad ≥ 33%, la familia computa como familia numerosa de categoría general aunque solo tengáis 2 hijos/as. Acceso a descuentos, ayudas y deducciones específicas.

¿Cómo se solicita? Solicitud del título de familia numerosa por sede GVA o presencial en cualquier oficina PROP. Necesitarás libro de familia, DNI/NIE de todos los miembros y la resolución de discapacidad ≥ 33%.

Solicitud título familia numerosa (GVA)

Becas comedor escolar (Conselleria de Educación)

Ayudas económicas para financiar total o parcialmente el coste del comedor escolar. Independientes de la beca MEC NEAE. Se solicitan cada curso. Hay módulos específicos para alumnado con NEAE en centros ordinarios y CEE.

¿Cómo se solicita? En el centro educativo donde está matriculado el alumno/a, durante el periodo de matrícula del curso. Si ya pediste la ayuda el curso anterior, recibirás un borrador prerellenado vía ITACA Web Familia que solo tienes que confirmar; si es nueva solicitud, el centro te entrega el impreso.

Información oficial · ITACA Web Familia

Programas de respiro familiar

Estancias temporales en centros para que las familias cuidadoras puedan descansar. Pueden ser de fin de semana, vacaciones o periodos puntuales.

¿Cómo se solicita? Hay dos vías:

  • Si tienes dependencia reconocida: en el marco del PIA, a través de Servicios Sociales del ayuntamiento.
  • Si no tienes PIA o además del PIA: por convocatorias específicas de la Conselleria de Servicios Sociales o de entidades especializadas (Plena Inclusión, etc.).

Información dependencia (GVA)

Atención Temprana (0-6 años)

Servicio público gratuito para menores de 6 años con alteraciones del desarrollo o riesgo de presentarlas. Atención multidisciplinar (psicología, logopedia, fisioterapia, terapia ocupacional) en centros CDIAT acreditados.

¿Cómo se solicita? Es un proceso en dos pasos:

  1. Pide cita con tu pediatra de Atención Primaria. Si confirma la sospecha, te entregará el "Informe de salud para atención temprana" cumplimentado.
  2. Presenta la solicitud con ese informe en la sede GVA, en Servicios Sociales del ayuntamiento o en cualquier oficina PROP. La Conselleria asigna plaza en el centro CDIAT que te corresponda por zona.

Solicitud de atención temprana (GVA) · Información y mapa de centros

Bonificaciones en ocio y cultura

Bioparc, Oceanogràfic, Ciudad de las Artes, museos municipales y la mayoría de cines aplican descuento a la persona con discapacidad. Frecuentemente acompañante gratis.

¿Cómo se aplica? No hay solicitud previa: muestra la tarjeta acreditativa de discapacidad al comprar la entrada (taquilla o web del equipamiento). Pregunta siempre antes de pagar, porque las condiciones varían entre operadores.

Final

Quién te puede ayudar con los trámites

No tienes que hacerlo todo sola

FANIVE y otras asociaciones

Las asociaciones federadas de FANIVE acompañamos en la documentación, te orientamos sobre qué pedir y cuándo, y derivamos al recurso adecuado. Sin coste para socias.

Servicios Sociales del ayuntamiento

Es la puerta de entrada al sistema y la vía más utilizada por las familias. Tramitan tanto discapacidad como dependencia: te ayudan a cumplimentar las solicitudes, revisan la documentación, las registran y las remiten al organismo competente. También gestionan ayudas técnicas, tarjeta de estacionamiento y servicios municipales. Pide cita previa.

Trabajadora social del hospital

Si tu hijo/a está en seguimiento hospitalario (Neuropediatría, Salud Mental Infantil), la trabajadora social del hospital puede ayudarte a iniciar trámites de discapacidad y orientar sobre informes.

Trabajadora social del centro de salud

Tramita pañales y absorbentes, orienta sobre dependencia y conecta con Atención Primaria de Servicios Sociales.

Información 012 / 963 866 000

Información general de la Generalitat sobre cualquier procedimiento. Gratuito si tienes tarifa plana. Para cita previa del CVO.

Plena Inclusión CV / CERMI CV

Federaciones autonómicas con servicio de información, asesoría jurídica y formación para familias.

FANIVE — Familias por la Neurodivergencia Infantil y Juvenil de la Comunitat Valenciana. Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento profesional individualizado. Los procedimientos pueden cambiar; consulta siempre la sede oficial antes de iniciar un trámite. Última actualización: mayo 2026.

Marco normativo de referencia: Real Decreto 888/2022 (procedimiento de reconocimiento de discapacidad), Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, Decreto 62/2017 modificado por Decreto 102/2022 del Consell, Ley 14/2008 de Asociaciones de la Comunitat Valenciana.